Friday, September 19, 2014

COMENTARIOS y ANALISIS sobre LOCKE

John Locke

SEGUNDO TRATADO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

CAP. II.-“DEL ESTADO DE NATURALEZA”

El estado en que se encuentra el hombre por naturaleza es un estado de perfecta libertad y de igualdad, en donde todos los individuos gozan de idéntico poder y de las mismas ventajas naturales.
Considera que dentro del estado de naturaleza, existe una ley que lo gobierna: la razónEsta enseña al hombre la necesidad de respetar la vida, la salud, la libertad y las posesiones de los demás.
Sin embargo existe la posibilidad de que la ley sea transgredida y, en consecuencia, cada hombre puede castigar a quien comete una ofensa contra la ley de naturaleza, siempre dentro de los dictados de la razón. El castigo deberá ser proporcional a la transgresión y deberá servir para que el criminal repare el daño causado y se abstenga de reincidir, además de ejemplo para el resto. Locke piensa que todos nos hayamos naturalmente en un estado así y que permanecemos en él hasta que por propio consentimiento nos hacemos miembros de una sociedad política.
CAP. V.- “DE LA PROPIEDAD”
Como ya hemos visto, en el estado de naturaleza existe el derecho de los hombres de conservar su vida, su libertad y sus posesiones. Aunque la tierra y todo lo que hay en ella pertenece a quienes la habitan, Locke entiende que el derecho a la propiedad se obtiene en virtud del trabajo, es decir, “cualquier cosa que el hombre saca del estado en que la naturaleza la produjo y la dejó, y la modifica con su labor y añade a ella algo que es de sí mismo, se convierte en su propiedad”.
Sin embargo, Locke entiende que sólo se puede poseer todo lo que se puede utilizar antes de que se eche a perder, siempre que haya sido obtenido con el propio trabajo, marcando con esto un límite a la propiedad de cada hombre en aquello que realmente necesite. El hecho de que los bienes se estropeen sin haber sido usados constituiría una ofensa contra la ley de la naturaleza.
La acumulación dio origen a la aparición del dinero. El uso del dinero permite su permuta por productos verdaderamente necesarios además de conservar y aumentar las posesiones produciendo así una desigualdad de la propiedad privada.
CAP. VII: “DE LA SOCIEDAD POLITICA O CIVIL”.
Aquí comienza Locke planteando que el hombre es un ser social. Las tres clases de sociedades más elementales son la sociedad conyugal, la que se establece entre padres e hijos y la de amo y siervo. Esta unidad difiere mucho de ser un estado: el cabeza de familia tiene un poder específico y restringido en cuanto a su duración y a la relación con los demás miembros de la familia. Así, en la conyugal se trata de un contrato voluntario para la procreación, ayuda y asistencia mutuas, no está regulado por ley positiva que ordene que deba ser perpetuo, y el hombre no tiene más poder que la mujer, no es un poder absoluto. La sociedad entre padres e hijos dista mucho de ser una sociedad civil y en la de amo - siervo, el amo sólo tiene un poder pasajero sobre el siervo y exclusivamente dentro de los límites del contrato.
En cuanto a la sociedad política dice Locke que “única y exclusivamente podrá haber sociedad política allí donde cada uno de sus miembros haya renunciado a su poder natural y lo haya entregado en manos de la comunidad...” El Estado tiene dos poderes: el de hacer las leyes (poder de castigar a quienes cometen una transgresión), y el de hacer la guerra y la paz. Ambos poderes están encaminados a la preservación de lapropiedad de todos los miembros de la sociedad. Cada hombre cede al Estado el poder de juzgar y la fuerza para que se pongan en ejecución los juicios de dicho Estado. Este es el origen del poder legislativo y ejecutivo da la sociedad civil.
Realiza una crítica a la monarquía absoluta. Esta es incompatible con la sociedad civil porque el príncipe se halla en estado de naturaleza respecto a sus súbditos.: no existe juez a quien apelar si se sufre daño por causa del príncipe. El súbdito no tiene recurso de apelación y tampoco puede defender sus derechos como si estuviera en estado de naturaleza. El monarca admite que sus súbditos, entre ellos, tengan jueces, leyes, reglas para la paz y seguridad mutua pero él se mantiene al margen, es absoluto, por encima de los demás. Los hombres se dan cuenta de esto, y no se sienten seguros hasta que la facultad de dictar leyes fue depositada en un cuerpo colectivo (senado, parlamento...) y cada individuo se hizo súbdito de los demás. “En una sociedad civil, ningún hombre puede estar exento de las leyes que la rigen.”    
CAP. VIII: “DEL ORIGEN DE LAS SOCIEDADES POLÍTICAS”.
“como no hay ni puede subsistir sociedad política alguna sin tener en si misma el poder de proteger la propiedad y, a fin de lograrlo, el de castigar las ofensas de los miembros de dicha sociedad, única y exclusivamente podrá haber sociedad política allí donde cada uno de sus miembros haya renunciado a su poder natural y lo haya entregado en manos de la comunidad (…).”La comunidad viene a ser un arbitro que decide según normas y reglas establecidas, imparciales y aplicables a todos por igual, y administradas por hombres a quienes la comunidad ha dado autoridad para ejecutarlas”.
Los hombres, dice Locke, son libres por naturaleza, iguales e independientes y el único modo en que se privan de su libertad natural es por un acuerdo según el cual todos se unen formando una comunidad. Para que esa comunidad sea un cuerpo con poder de actuar corporativamente necesita ceñirse a la voluntad y determinación de la mayoría. Es necesario que al abandonar el estado de naturaleza e integrarse en una comunidad se entregue uno a la mayoría para que la sociedad logre los fines para los que se unieron. Por tanto, dice Locke que “lo que origina y de hecho constituye una sociedad política cualquiera, no es otra cosa que el consentimiento de una pluralidad de hombres libres que aceptan la regla de la mayoría y que acuerdan unirse e incorporarse a dicha sociedad.”
Se han planteado dos objeciones contra esto: 1º: Que no se encuentran ejemplos en la Historia de un grupo de hombres iguales e independientes que se unieran para establecer un gobierno. Locke rechaza esto y dice en primer lugar que no es de extrañar que haya pocos datos porque los gobiernos son siempre anteriores a los documentos. Aquéllos que defienden el poder paternal no encuentran por el contrario casi ejemplos. Como conclusión:“Todos los orígenes de los gobiernos en tiempos de paz se han basado en el consenso del pueblo.” 
2º: La segunda objeción que le plantean a Locke es que como todos los hombres nacen bajo algún gobierno, no es posible que puedan unirse con otros hombres para empezar un gobierno nuevo. “El consentimiento dado por hombres libres que nacen bajo una forma de gobierno es lo único que los hace súbditos de ese gobierno.” Tampoco el hecho de que el padre fuera súbdito de un gobierno implica que el hijo también lo sea. El hijo cuando alcanza la mayoría de edad elige el gobierno que quiere. Por tanto, es sólo el consentimiento lo que hace a un hombre súbdito de un poder terrenal. Hay dos tipos de consentimiento: expreso y tácito. El primero es muy claro pero el segundo es más confuso: todo hombre que tiene posesiones o dominios de un gobierno está dando con ello consentimiento tácito de sumisión. Cuando se deshace de esas propiedades ya es libre. En cambio, el que ha dado el consentimiento expreso ya está perpetuamente obligado a ser súbdito de ese Estado. “Nada puede hacer de un hombre un súbdito excepto una positiva declaración y una promesa y acuerdo expresos.”    
“Cuando un grupo de hombres ha consentido formar una comunidad o gobierno, quedan con ello incorporados a un cuerpo político en el que la mayoría tiene el derecho de actuar y decidir en nombre de todos”. Por tanto, cualquiera que haya decidido salir del estado de naturaleza por medio de la sociedad política que es regida por leyes, deberá verse entregado a la mayoría ya que esta es la única manera de alcanzar los fines de una sociedad.
Locke considera, en el cap. XIX, que la disolución del gobierno reside en dos situaciones: i) la introducción de cambios en el poder legislativo; ii) cuando los legisladores actúan de manera contraria a la finalidad para la cual se les otorgo poder por parte de los miembros de la commonwealth. Así su discurso político potencialmente revolucionario, ya que frente al abuso del poder del Estado el pueblo conserva el derecho a la rebelión, a ejercerse sólo en casos extremos.
Los hombres entran en sociedad para preservar su propiedad, o sea su vida, libertad y bienes, pero ¿qué sucede si no se cumple con este cometido? De acuerdo a Locke, “siempre que los legisladores destruyen o se adueñan de la propiedad del pueblo, o los esclavizan bajo un poder arbitrario, se ponen a sí mismos en un estado de guerra respecto a su pueblo, el cual queda, por ello, libre de seguir obedeciendo”. Si alguien hace uso de la fuerza sin tener derecho a ello, “y tal es el caso de cualquiera que actúe violentamente contra la ley, se coloca en un estado de guerra respecto a aquellos contra los que ha empleado esa fuerza”. El gobierno se disuelve cuando “el legislativo o el monarca actúan traicionando la confianza que se depositó en ellos”, revirtiendo el poder a la comunidad, que establecerá un nuevo legislativo y ejecutivo. El pueblo es quien decide cuándo se ha roto la confianza y tiene este poder porque subsiste como comunidad pese a la disolución del gobierno, y cualquiera sea la razón de ella, “el poder revierte de nuevo en la sociedad, y el pueblo tiene derecho a actuar en calidad de poder supremo y constituirse ellos mismos en legislativo”. La disolución del gobierno no implica la disolución de la sociedad: a diferencia de Hobbes el peligro de la anarquía no puede ser invocado para tolerar el despotismo. Que “el pueblo juzgará” implica que tiene el derecho a resistirse en contra de los tiranos, pero esto no da lugar a un derecho a la revolución en el sentido moderno del término. No hay derecho a oponerse a la autoridad allí donde sea posible apelar a la ley, pues “sólo se ha de emplear la fuerza para impedir que se ejerza una fuerza injusta e ilegal”. El derecho a resistir es un derecho natural que no se puede ejercer contra un gobierno legítimo. 

No comments:

Post a Comment